Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación expresa de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: La sentencia estima parcialmente el recurso de apelación y revoca en igual medida la de instancia en relación con los intereses para establecer su procedencia desde la interpelación judicial.
Resumen: El trabajador reclamó y obtuvo la condición de indefinido no fijo. La Sala estima el recurso del Cabildo Insular en base al plazo de tres años que es el que viene considerando como máximo para la cobertura de la plaza en propiedad. En dicho caso y a punto de haber transcurrido el plazo de tres años en la prestación de servicios se produjo la erupción volcánica en la isla de La Palma al final de la cual se procedió a convocar la plaza, lo que el tribunal entiendo que era justificable por causa de fuerza mayor. Se absuelve por tanto al Cabildo, desestimando la demanda.
Resumen: El Tribunal Superior desestima el recurso que plantea el demandante contra la sentencia que califica como procedente el despido objetivo que acordó la demandada, que a los pocos meses pasó a situación de concurso. También estima la reclamación de cantidad acumulada al despido. En la carta de despido se afirmaban pérdidas en la cifra de negocios muy importantes, con mermas en ventas en tres trimestres consecutivos de un año en relación con el siguiente, además de pérdidas en la cuenta de explotación del último año y en los meses anteriores al mismo año del despido. Lo que discute la parte recurrente en su recurso no es esto, sino que pretende probar que la empresa tenía liquidez suficiente como para hacer frente a la indemnización legalmente prevista a entregar con la carta de despido, puesto que el Juzgado consideró probado un estado de iliquidez que impedía tal pago. Pretendiendo así cambiar la calificación del despido, la Sala lo desestima, luego de afirmar que es carga del empresario probar tal estado de iliquidez. Y lo desestima porque considera que, con la reforma fáctica que propone la parte recurrente, se hace ver un importe de numerario disponible inferior al importe de la indemnización. Y es que al efecto la recurrente plantea dos reformas fácticas. Una es rechazada por la Sala pues alude a valores inmobiliarios y otros que no inciden para valorar el estado de liquidez de la empresa, pero admite el segundo y de ahí infiere la falta de liquidez suficiente.
Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.